La Legislatura aprobó modificaciones al Código de Convivencia Ciudadana y estableció penas que consisten en trabajo comunitario, multas económicas y hasta días de arresto, cuando las agresiones estén motivadas “en razón del ejercicio de la actividad, profesión o cargo”.

La Legislatura Unicameral aprobó ayer modificaciones al Código de Convivencia Ciudadana a fin de ampliar la protección de los trabajadores de la salud y la educación que se desempeñan en los sectores público y privado en el ámbito provincial.

De esta forma, el Código de Convivencia (Ley 10.326) así modificado sanciona a quienes profieran “gritos, insultos, exhiban o hicieren exhibir carteles, imágenes o escritos que tengan contenido discriminatorio o realicen señas o ademanes capaces de turbar, intimidar, menoscabar psicológicamente o inferir agravio a la investidura, condición sexual, buen nombre u honor”, tanto de los médicos o integrantes de los equipos de salud como del personal docente o no docente, sean o no profesionales.

Al respecto, el legislador Oscar González, autor del proyecto, explicó que en su anterior versión el Código “contemplaba algunas medidas en contra de las agresiones”, pero que estas “parecían más dirigidas a la función que a la persona”. “Lo que hay que proteger, preservar y castigar son las conductas que van en contra del personal de la salud, en contra de los educadores, sin importar donde ocurren”, señaló.

Las penas consisten en días de trabajo comunitario, multas económicas y hasta días de arresto, siempre que las agresiones estén motivadas “en razón del ejercicio de la actividad, profesión, función o cargo” de los trabajadores, ya sea que las agresiones tengan lugar dentro de los establecimientos sanitarios y educativos o fuera de ellos.

La modificación sanciona también la instigación a estas agresiones y la reincidencia en las mencionadas conductas.