El tribunal, además, ordenó la detención del imputado, condenado por homicidio simple con dolo eventual.

La Cámara en lo Criminal y Correccional de 9° Nominación, por unanimidad, condenó ayer a Alan Alejandro Amoedo a nueve años de prisión por el asesinado de Rodrigo Agustín Burgos y Sol Anahí Viñolo, y las heridas sufridas por Fernanda Guardia en la tragedia de Circunvalación.

El tribunal declaró a Amoedo autor de homicidio simple con dolo eventual y autor de lesiones graves con dolo eventual y le impuso la pena de nueve años de prisión.

Los camaristas Roberto Cornejo, Martín Bertone y Gustavo Rodríguez Fernández también ordenaron la inmediata detención del acusado, quien deberá quedar alojado -a disposición del tribunal- en el establecimiento carcelario que determine el Servicio Penitenciario de la Provincia.

El hecho ocurrió en la tarde del 17 de mayo de 2021, cuando Amoedo se dirigía al volante del automóvil Volkswagen Vento dominio GHO-004, circulando por el anillo interno de la Av. de Circunvalación Agustín Tosco -con sentido y dirección de Sur Este a Nor-Oeste de esta ciudad de Córdoba, haciéndolo por el carril derecho de la arteria, conduciéndose de manera imprudente e inobservando los reglamentos (en razón de utilizar la banquina a modo de vía de circulación y en estado de ebriedad).

En ese momento, Rodrigo Agustín Burgos, Sol Anahí Viñolo y Fernanda Guardia, se encontraban sentados sobre la parte de tierra y césped en un sector contiguo a la banquina Nor-Este de la Av. de Circunvalación Agustín Tosco, próximos al lugar donde estaban detenidos sobre aquella sus rodados Suzuki Fun y Chevrolet Ónix que se habría encontrado detenido sobre la banquina Nor-Este de Av. de Circunvalación, en virtud de un desperfecto que cursaba el Suzuki Fun.

En ese contexto, Amoedo realizó un cambio de dirección hacia su derecha y accedió a la banquina Nor-Este de la mencionada avenida conduciendo a una velocidad mínima de 81,30 km/h, y embistió con su sector frontal izquierdo al sector posterior derecho  del automóvil Suzuki. Como consecuencia del impacto descripto, el referido rodado es proyectado hacia adelante, impactando en su trayectoria con su sector frontal el automóvil Chevrolet Ónix.

Luego de esta colisión, el Suzuki Fun prosigue con su trayectoria, donde impacta con un vehículo no identificado. En esas circunstancias, el automóvil Volkswagen Vento conducido por el imputado Amoedo embistió en su trayectoria post-colisión, a la víctima Burgos presumiblemente con el sector frontal, el cual al iniciar el giro que el mismo experimentó en sentido anti-horario, proyectó a la víctima hacia el cardinal Nor-Oeste, junto con la chapa patente delantera del vehículo.

Seguidamente, impactó a la víctima Viñolo, la cual fue proyectada en la misma dirección que realiza el desplazamiento post-colisión, quedando finalmente detenida la misma hacia el cardinal Nor-Este de la posición final del automóvil Volkswagen Vento y además impactó a Fernanda Guardia. Esta cadena de impactos, provocó las siguientes secuelas: el deceso inmediato de Burgos y Viñolo, siendo la causa eficiente de las muertes, “traumatismo múltiple», en tanto Fernanda Guardia resultó con distintas fracturas por el que se le asignaron más de 30 días de curación e inhabilitación laboral.